Me despidieron en Uruguay: qué me corresponde cobrar (guía 2026)
En este artículo
La respuesta rápida
Si te despidieron (no renunciaste), tenés derecho a: indemnización por despido, aguinaldo proporcional del semestre en curso, licencia no gozada (si tenías días acumulados) y salario vacacional. Si en cambio renunciaste, no te corresponde indemnización — solo aguinaldo y licencia proporcionales.
Calculá tu caso exacto con fechas y sueldo real en la calculadora de liquidación.
Tu situación en detalle
Te despidieron sin que hicieras nada grave (el caso más común)
La indemnización en Uruguay se calcula así: 1 sueldo mensual por cada año trabajado, y cualquier fracción de año ya cuenta como año completo — si trabajaste 1 año y 1 día, te corresponden 2 sueldos de indemnización, no 1. El tope legal es 6 sueldos mensuales, sin importar cuántos años lleves en la empresa.
Si trabajás por jornal (jornalero), la cuenta es distinta: 25 jornales por año trabajado, con un tope de 150 jornales en total.
Renunciaste
Si la salida fue por tu propia voluntad, la ley no te da derecho a indemnización — es la contracara de que el despido tampoco depende de que hicieras algo mal. Sí seguís teniendo derecho a aguinaldo proporcional, licencia no gozada y salario vacacional, exactamente igual que en un despido.
Despido notoriamente injurioso (la excepción)
Existe una figura legal donde, si la empresa demuestra una falta grave de tu parte (notoria injuria), podés perder el derecho a indemnización aunque técnicamente te "despidieron". Esto se define caso por caso y muchas veces termina discutiéndose con asesoría legal o en el Ministerio de Trabajo — la calculadora de este sitio asume un despido común, no esta situación puntual.
Qué más te corresponde, además de la indemnización
- Aguinaldo proporcional: la parte del medio aguinaldo que se generó desde el 1° de junio (o 1° de diciembre) hasta tu último día.
- Licencia no gozada: si te quedaron días de licencia sin tomar, se pagan al valor del jornal diario.
- Salario vacacional: un plus equivalente al 100% de la licencia (Ley 16.101), se paga junto con esta.
- Horas extras impagas: si te quedaron pendientes, también se suman a la liquidación final.
Estos cuatro puntos aplican tanto en despido como en renuncia — lo único que cambia entre uno y otro es la indemnización.
Errores comunes
- Pensar que la indemnización no tiene tope: sí lo tiene, 6 meses de sueldo, aunque lleves 20 años en la empresa.
- Olvidar la licencia del año anterior: si no la tomaste, se paga por separado de la del año en curso — son dos cálculos distintos.
- No pedir la liquidación por escrito: tenés derecho a un recibo detallado de cada concepto pagado, no solo el total.
Próximos pasos
- Juntá tu fecha de ingreso, fecha de egreso y sueldo nominal.
- Calculá tu liquidación completa (indemnización, aguinaldo, licencia, vacacional) en la calculadora de liquidación.
- Si el despido fue sin justa causa y te quedaste sin trabajo, revisá si te corresponde el seguro de desempleo del BPS mientras conseguís un nuevo empleo.
Preguntas frecuentes
¿La indemnización paga IRPF? No, está exonerada — no aporta a BPS ni paga impuesto a la renta.
¿Cuánto tarda la empresa en pagarme? La ley no fija un plazo exacto, pero lo habitual es que se abone en el recibo de sueldo del mes de egreso o el siguiente.
¿Qué pasa si trabajé menos de un año? No generás indemnización (se necesita al menos haber empezado el segundo año, aunque sea por un día), pero sí aguinaldo y licencia proporcionales por el tiempo trabajado.
Actualizado agosto 2026. Datos según la normativa laboral vigente en Uruguay — para casos con discusión sobre la causal del despido, consultá a un abogado laboralista.
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