Cambio de trabajo 8 min de lectura · 2026-08-13

Renuncié a mi trabajo en Uruguay: qué me corresponde cobrar (guía 2026)

La respuesta rápida

Si renunciaste a tu trabajo (saliste por tu propia voluntad), no tenés derecho a indemnización por despido — esa es la diferencia central con un despido. Sí te corresponde cobrar aguinaldo proporcional del semestre en curso, licencia no gozada y generada, y el salario vacacional correspondiente a esa licencia. Si trabajás por jornal, se calcula igual, partiendo de tu jornal diario.

Calculá tu liquidación exacta con tus fechas y sueldo real en la calculadora de liquidación — seleccioná "Renuncia" en el campo "Motivo de desvinculación".

Tu situación en detalle

Renunciaste por decisión propia (el caso más común)

Al renunciar, la ley no te reconoce indemnización — es la contracara de que, si te despiden sin culpa tuya, el que paga es el empleador. Pero eso no significa que renunciar te deje sin cobrar nada: seguís teniendo derecho a aguinaldo proporcional, licencia no gozada, licencia generada en el año en curso y salario vacacional sobre esa licencia, exactamente con la misma fórmula que se usa en un despido.

Trabajás por jornal (jornalero)

Si te pagan por jornal en lugar de sueldo mensual, la calculadora convierte tu jornal diario a un sueldo mensual equivalente (jornal × 25 jornadas) para calcular el aguinaldo, la licencia y el vacacional proporcionales. La lógica es la misma que en un despido de un jornalero — lo único que cambia, otra vez, es que no hay indemnización porque la salida fue por renuncia.

¿Tenés que avisar con anticipación antes de renunciar?

No existe en Uruguay una ley general que te obligue a dar un plazo fijo de preaviso al renunciar. Es una práctica extendida — y en algunos convenios colectivos del sector o contratos individuales puede estar pactada explícitamente, muchas veces en 30 días — avisar con anticipación razonable para que la empresa pueda organizarse. Lo importante no es tanto el número exacto de días sino la forma: comunicá tu renuncia por escrito, con constancia de que la empresa la recibió. Si dejás de ir a trabajar sin avisar ni dar explicaciones, la empresa puede considerarlo abandono de trabajo en lugar de renuncia, lo que puede complicarte como antecedente laboral a futuro.

Te presionaron para "renunciar" o te obligaron a hacerlo (despido indirecto)

Si la empresa te maltrata, no te paga en tiempo y forma, te cambia las condiciones de trabajo de forma unilateral y perjudicial, o directamente te empuja a firmar una renuncia para no pagarte indemnización, podés estar frente a un caso de despido indirecto. En estos casos, aunque en el papel figure como renuncia, la ley puede reconocerte el derecho a la indemnización como si te hubieran despedido — pero esto requiere acreditar una causa grave del empleador y casi siempre se resuelve con asesoría de un abogado laboralista o consulta en el Ministerio de Trabajo. La calculadora de este sitio asume una renuncia voluntaria común, no este escenario puntual.

Qué te corresponde cobrar (y qué no)

  • Aguinaldo proporcional: la parte del medio aguinaldo generada desde el 1° de junio (o 1° de diciembre) hasta tu último día trabajado.
  • Licencia no gozada: los días de licencia que ya generaste y no tomaste, pagados al valor de tu jornal diario.
  • Licencia generada del año en curso: la parte proporcional de los días de licencia correspondientes al período trabajado en el año en que renunciás.
  • Salario vacacional: un plus equivalente al 100% de esa licencia (Ley 16.101).
  • Horas extras impagas: si te quedaron pendientes de cobrar, se suman a la liquidación final.
  • Lo que NO corresponde: la indemnización por despido. Es exclusiva de la desvinculación por decisión del empleador y no aplica cuando la decisión de irte fue tuya.

Errores comunes

  1. Pensar que al renunciar "no te corresponde nada": siempre tenés derecho a aguinaldo y licencia proporcionales, sea cual sea el motivo de la salida.
  2. Esperar el seguro de desempleo del BPS: la renuncia voluntaria, salvo causales justificadas y reconocidas (como el despido indirecto), no da derecho al seguro de paro.
  3. Olvidar la licencia del año anterior si no la tomaste: se calcula por separado de la licencia generada en el año en curso.
  4. En el caso de jornaleros, no convertir el jornal a un equivalente mensual: el aguinaldo y la licencia se calculan sobre ese equivalente, no sobre el jornal diario suelto.

Próximos pasos

  1. Juntá tu fecha de ingreso, la fecha de tu renuncia y tu sueldo nominal (o tu jornal diario, si sos jornalero).
  2. Calculá tu liquidación completa en la calculadora de liquidación, seleccionando "Renuncia" en el campo "Motivo de desvinculación".
  3. Si la salida en realidad fue forzada por la empresa, revisá también la guía de liquidación por despido y considerá consultar a un abogado laboralista por despido indirecto.

Preguntas frecuentes

¿Me corresponde el seguro de desempleo del BPS si renuncio? No. El seguro de paro de BPS está pensado para quienes pierden el trabajo por decisión del empleador (despido, fin de contrato, reducción de personal), no para la renuncia voluntaria — salvo que se reconozca una causal justificada, como el despido indirecto.

¿Tengo que avisar con 30 días de anticipación antes de renunciar? No hay una ley general que fije ese plazo para todos los trabajadores. Es una práctica habitual, y en algunos casos está pactada en el convenio colectivo del sector, pero lo esencial es comunicar tu renuncia de forma clara y por escrito para que no quede registrada como abandono de trabajo.

¿La liquidación por renuncia paga impuestos? El aguinaldo proporcional aporta a BPS y paga IRPF, igual que cualquier sueldo. La licencia, el salario vacacional y las horas extra no aportan a BPS, pero sí se consideran en el cálculo de IRPF. Como en la renuncia no hay indemnización, tampoco hay ningún monto exonerado de impuestos como sí ocurre en un despido.

¿Qué pasa si trabajé menos de un año y renuncio? No hay indemnización en juego (nunca la hay en una renuncia), pero sí te corresponde aguinaldo y licencia proporcionales por el tiempo efectivamente trabajado, aunque haya sido solo unos meses.

Actualizado agosto 2026. Datos según la normativa laboral vigente en Uruguay — para casos de despido indirecto o disputas sobre la causal de la salida, consultá a un abogado laboralista.

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