Multa por circular sin SOA
Cuánto es exactamente, según la ley y la tabla oficial del Banco Central
Para un auto o camioneta, la multa es de $14.476. El artículo 25 de la Ley 18.412 no fija un monto fijo: fija el doble del importe promedio del costo del SOA en el mercado, un número que el Banco Central publica cada año. La prima promedio vigente para autos es de $7.238, así que la multa es su doble.
Además de la multa, el mismo artículo habilita el secuestro preventivo del vehículo.
La multa por tipo de vehículo
| Categoría | Prima promedio | Multa (el doble) |
|---|---|---|
| Motos | $2.886 | $5.772 |
| Automóviles y camionetas | $7.238 | $14.476 |
| Camiones | $12.249 | $24.498 |
| Ómnibus | $12.262 | $24.524 |
| Taxis | $8.521 | $17.042 |
| Remises | $7.957 | $15.914 |
| Vehículos de alquiler sin chofer | $8.257 | $16.514 |
| Ambulancias | $7.996 | $15.992 |
| Coche escuela | $6.216 | $12.432 |
| Trailers | $5.497 | $10.994 |
| Casa rodante | $14.972 | $29.944 |
| Tractores y semirremolques | $6.939 | $13.878 |
| Otros | $9.541 | $19.082 |
Importes en pesos uruguayos, vigencia 1º de setiembre de 2026 al 31 de agosto de 2027. La tabla se actualiza cada setiembre.
Por qué la multa cambia todos los años
El Decreto 381/2009 obliga a la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central a publicar cada año el importe promedio del SOA del mercado. Ese número es la base de cálculo de la sanción, así que la multa sube o baja con él. La prima de autos y camionetas viene así:
- 2024–2025: $6.533 de prima promedio → $13.066 de multa
- 2025–2026: $7.362 de prima promedio → $14.724 de multa
- 2026–2027: $7.238 de prima promedio → $14.476 de multa
Dónde te lo controlan
El control está a cargo del Ministerio del Interior y de las Intendencias, y es preceptivo en todo accidente con lesionados (art. 26). Además, los Registros Públicos y las Intendencias no tramitan nada sobre un vehículo sin SOA vigente (arts. 27 y 28): ni transferencia, ni empadronamiento, ni libreta.
Ojo: tener el SOA no es estar asegurado
El SOA cubre únicamente el daño personal a terceros —lesiones o muerte—, con un capital máximo de 250.000 UI por vehículo y por accidente (art. 8). No cubre los daños de tu auto, ni los del otro vehículo, ni a vos, ni a tu familia directa (art. 6). Si chocás y el arreglo de los dos autos sale más que eso, lo pagás vos.
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Fuentes: Banco Central del Uruguay, «Importe Promedio del Costo del Seguro Obligatorio de Automotores», vigencia 1º de setiembre de 2026 a 31 de agosto de 2027. Verificado el 15/09/2026. Ver el PDF del BCU. Texto de la Ley 18.412 en IMPO. Los importes los fija el Banco Central y cambian cada 1º de setiembre.