🇦🇷 Argentina Exportación de servicios

Freelancer facturando en dólares

Categoría de Monotributo, cuota mensual e impuestos si exportás servicios a clientes del exterior.

ℹ️ Agosto 2026 (ARCA, ajuste +16,8%). Tope y cuota total por categoría verificados cruzando dos fuentes tras la actualización de ARCA de agosto 2026. AFIP/ARCA vuelve a actualizar en enero y julio de cada año — verificá tu categoría exacta en mi.afip.gob.ar antes de decidir.

Lo que facturás por mes a clientes fuera de Argentina, en dólares.

Impuestos y régimen cambiario — lo verificado a agosto 2026

IVA: exento por exportación de servicios (no se verifica la territorialidad del impuesto). Se factura con Factura E.

Ganancias: exenta mientras estés dentro de Monotributo (queda incluida en la cuota integrada). Aplica si pasás a Régimen General por superar el tope.

Impuesto PAÍS: derogado — perdió vigencia en diciembre de 2024, formalizado en enero de 2026. No aplica al cobro de exportación de servicios.

Liquidación de divisas: sin tope de USD 36.000 anuales (BCRA Com. "A" 8330, set-2025). Los fondos deben ingresarse a una cuenta local en moneda extranjera dentro de los 20 días hábiles del cobro en el exterior, pero no hay obligación de convertirlos a pesos. Verificar vigencia: la normativa cambiaria cambia con frecuencia.

Cómo se calcula tu categoría, paso a paso

1. Anualizá tu facturación mensual en USD (× 12) y convertila a pesos con el tipo de cambio oficial comprador del día anterior a cada factura — el mismo criterio que usa AFIP/ARCA para categorizarte.

2. Ubicá esa facturación anual en pesos dentro de la tabla de topes de categoría (A a K) y tomá la cuota total mensual fija de esa categoría — no es un porcentaje sobre lo facturado, es un monto fijo.

3. Convertí la cuota a dólares dividiéndola por el mismo tipo de cambio, para saber qué porcentaje real de tu facturación en USD se te va en impuestos.

Ejemplo con números reales: facturás USD 900/mes, tipo de cambio oficial $ 1.480. Facturación anual: USD 10.800 → $ 15.984.000 ARS, que cae en la categoría B (tope $ 17.595.182,74). Cuota mensual de esa categoría: $ 56.379,08 ARS, equivalentes a USD 38,09 al mismo tipo de cambio. Neto mensual: USD 900 − USD 38,09 = USD 861,91, un costo fiscal efectivo del 4,2% sobre lo facturado.

Errores comunes: convertir con el dólar blue o MEP en vez del oficial comprador (AFIP usa el oficial, así que categorizarte con otra cotización te puede ubicar en la categoría equivocada); no reajustar la categoría cuando el tipo de cambio se mueve fuerte en pocos meses, quedando por debajo o por encima del tope real; y asumir que la cuota se paga en dólares — se paga en pesos, aunque factures en dólares.

Base legal: Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), Ley 24.977 y modificatorias. La exención de IVA a la exportación de servicios surge del criterio de territorialidad de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (Ley 23.349).

Categorías de Monotributo — servicios, agosto 2026

CATTope anual (ARS)Cuota total/mes
A $ 12.0M $ 49.527
B $ 17.6M $ 56.379
C $ 24.7M $ 66.020
D $ 30.6M $ 84.613
E $ 36.0M $ 119.811
F $ 45.2M $ 150.784
G $ 54.0M $ 230.313
H $ 81.9M $ 522.707
I $ 91.7M $ 963.748
J $ 105.0M $ 1.167.300
K $ 126.6M $ 1.614.446

Preguntas frecuentes

¿Un monotributista argentino paga IVA si exporta servicios en dólares?

No. La exportación de servicios está exenta de IVA porque no se verifica el principio de territorialidad: la explotación efectiva ocurre en el exterior. Se factura con Factura tipo E.

¿Con qué tipo de cambio se categoriza un monotributista que factura en USD?

Con el tipo de cambio comprador del Banco Nación del día anterior a la emisión de cada Factura E.

¿Hay que liquidar a pesos los dólares cobrados por exportar servicios?

A agosto de 2026, no hay obligación de convertirlos a pesos, aunque sí hay que ingresarlos a una cuenta local dentro de los 20 días hábiles del cobro. Verificar vigencia: esta normativa cambia con frecuencia.

¿Sigue existiendo el Impuesto PAÍS sobre el cobro de servicios exportados?

No, quedó derogado desde diciembre de 2024 (formalizado en enero de 2026).

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