🇵🇪 Perú DL 892

Calculadora Utilidades Laborales Perú 📈

Participación en las Utilidades — reparto de marzo a mayo, según renta neta 2026

Pesca, telecomunicaciones e industria: 10%. Minería, comercio mayorista/minorista y restaurantes: 8%. Otras actividades: 5%.

Requisito legal del DL 892 — sin esto, no hay obligación de repartir utilidades.

La utilidad tributaria de la empresa, no tu sueldo. Preguntale a RR.HH. si no la sabés — dejá en 0 si tu empresa no tuvo utilidades ese año.

Suma de los días trabajados por toda la planilla en el año (dato de la empresa, no solo tuyo).

Ejemplo paso a paso

Empresa de comercio (8%, DL 892) con más de 20 trabajadores, renta neta anual de S/ 500.000, un trabajador con S/ 42.000 de remuneración anual y 300 días trabajados, sobre un total de la empresa de S/ 1.200.000 en remuneraciones y 6.000 días trabajados:

· Monto total a repartir: S/ 500.000 × 8% = S/ 40.000,00.

· Mitad por días: S/ 20.000 × (300 ÷ 6.000) = S/ 1.000,00.

· Mitad por remuneración: S/ 20.000 × (S/ 42.000 ÷ S/ 1.200.000) = S/ 700,00.

· Utilidad bruta del trabajador: S/ 1.000 + S/ 700 = S/ 1.700,00, muy por debajo del tope de 18 remuneraciones (S/ 63.000), así que se cobra completo.

Errores comunes:

· Confundir "renta neta" con las ventas o el sueldo del trabajador: es la utilidad tributaria de toda la empresa antes de IR, un dato que solo RR.HH. o contabilidad conoce con precisión.

· Olvidar el requisito de más de 20 trabajadores: con 20 o menos, el DL 892 no obliga a repartir nada, aunque la empresa haya tenido ganancias.

· Pensar que el reparto es proporcional solo al sueldo: la mitad del monto se reparte por días trabajados y la otra mitad por remuneración — un trabajador con menos sueldo pero más días puede cobrar más que uno con sueldo alto y pocos días.

· No aplicar el tope de 18 remuneraciones: si la utilidad calculada lo supera, el excedente no se paga al trabajador sino que se destina al FONDOEMPLEO.

· Esperar utilidades todos los años: si la empresa no tuvo renta neta positiva en el ejercicio, no hay nada que repartir ese año, sin importar cuántos trabajadores tenga.

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