Reforma 2023: más días de vacaciones
La reforma al Art. 76 de la LFT de 2023 aumentó el período mínimo de vacaciones. Ahora los trabajadores tienen 12 días en el primer año y 2 días más por cada año adicional:
2do año: 14 días
3er año: 16 días
4to año: 18 días
5to año: 20 días
Del 6to al 10mo año: 22 días (fijo)
Del 11mo al 15mo año: 24 días (fijo)
Del 16mo al 20mo año: 26 días (fijo)
Del 21mo al 25mo año: 28 días (fijo)
Del 26mo al 30mo año: 30 días (fijo)
A partir de ahí, +2 días cada 5 años de antigüedad
Del año 1 al 5 los días suben cada año. Desde el 6to año en adelante suben cada 5 años, no año a año: por ejemplo, un trabajador con 7 años de antigüedad tiene los mismos 22 días que uno con 10 años.
La prima vacacional: 25% extra
Durante las vacaciones, el trabajador recibe el salario diario + el 25% adicional (prima vacacional). Art. 80 LFT.
¿Cuándo deben darse las vacaciones?
Las vacaciones deben otorgarse dentro de los 6 meses siguientes al cumpleaños del primer año de trabajo. No pueden compensarse con dinero (excepto en la liquidación).
Vacaciones proporcionales en el finiquito
Si terminás el contrato antes de que se cumpla el año, tenés derecho a las vacaciones proporcionales más la prima vacacional del 25%.