¿Qué dice la ley sobre las horas extra?
El Artículo 31 del Código del Trabajo establece que las horas extraordinarias son las que exceden la jornada ordinaria pactada. Deben pagarse con un recargo mínimo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria. No importa si el empleador dice que "las horas extra no se pagan" — eso es nulo de pleno derecho.
La jornada ordinaria máxima es de 45 horas semanales (en reducción gradual a 40 horas para 2028 según Ley 21.561). El recargo del 50% y los límites rigen hoy.
Límites que tenés que conocer
Máximo semanal: 12 horas extra por semana
Recargo mínimo: 50% sobre el valor hora ordinaria
Acuerdo requerido: Las horas extra deben pactarse por escrito. Sin acuerdo, el empleador no puede exigirlas (salvo caso fortuito).
Cómo se calcula el valor de la hora extra
El Código del Trabajo usa el divisor 180 horas como base mensual. La fórmula es:
Valor hora extra = Valor hora ordinaria × 1.5
¿Cuánto te corresponde en 2026?
Valor hora ordinaria: $553.553 ÷ 180 = $3.075
Valor hora extra (recargo 50%): $3.075 × 1.5 = $4.613 por hora
12 horas extra (máximo semanal): 12 × $4.613 = $55.356 adicionales
¿Y si tu empleador no te las paga?
Podés denunciar en la Inspección del Trabajo (DT) más cercana — es gratuito. El plazo de prescripción para reclamar horas extra es de 2 años desde que debieron pagarse. Guardá evidencia: correos, WhatsApp, registros de entrada/salida.
Horas extra en el finiquito
Si al terminar el contrato tenés horas extra impagas, deben incluirse en el finiquito. No firmés sin revisar que el monto esté correctamente calculado.
Art. 31 CT — recargo mínimo del 50%
Art. 32 CT — acuerdo escrito requerido
SMM mayo 2026: $553.553 · UTM junio 2026: $70.588