¿Qué es el Monotributo?
El Monotributo (Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes) es un sistema unificado que reemplaza al IVA, Ganancias, aportes jubilatorios y obra social con un único pago mensual. Está regulado por la Ley 24.977 y es administrado por la AFIP.
¿Quién puede ser monotributista?
Pueden adherirse personas físicas que realicen venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios, siempre que sus ingresos anuales no superen los límites de la categoría máxima vigente. También pueden ser monotributistas las sociedades de hecho integradas por hasta 3 socios.
Actualización de montos en 2026
Categorías 2026 (referencia junio 2026)
Las categorías van de la A (menor facturación) a la K para servicios y a la H para venta de cosas muebles. A continuación, los límites aproximados vigentes a junio 2026:
Cat. A: hasta $3.700.000/año → cuota ~$28.000/mes
Cat. B: hasta $5.500.000/año → cuota ~$32.000/mes
Cat. C: hasta $7.800.000/año → cuota ~$40.000/mes
Cat. D: hasta $10.300.000/año → cuota ~$50.000/mes
Cat. E: hasta $13.150.000/año → cuota ~$63.000/mes
Cat. F: hasta $16.200.000/año → cuota ~$79.000/mes
Cat. G: hasta $19.750.000/año → cuota ~$101.000/mes
Cat. H: hasta $24.200.000/año → cuota ~$130.000/mes
Incluyen: impuesto integrado + jubilación + obra social. Verificá los valores exactos en AFIP al momento de recategorizar.
Recategorización semestral
Cada 6 meses (en enero y julio) debés recategorizar si tus ingresos, superficie afectada o energía eléctrica consumida superaron los parámetros de tu categoría actual. Si no recategorizás en tiempo y forma, AFIP puede hacerlo de oficio y aplicar diferencias con intereses.
Factura electrónica y obras sociales
Todos los monotributistas están obligados a emitir factura electrónica. La obra social se elige al inscribirse y puede cambiarse una vez al año. Las categorías más altas habilitan acceder a mejores planes de cobertura médica.