¿Qué es la asignación familiar?
La asignación familiar es un beneficio que reciben los trabajadores en régimen de actividad privada (D.L. 728) que tienen hijos a cargo. Está regulada por la Ley 25129 de 1989.
Equivale al 10% de la RMV (S/ 1.130 × 10%). Tengas 1 o 5 hijos, el monto es el mismo.
¿Quién tiene derecho?
- Trabajadores en régimen laboral privado (D.L. 728)
- Con hijos menores de 18 años
- O hijos hasta 24 años si estudian regularmente (con constancia de estudios)
- Hijos biológicos, adoptivos o bajo patria potestad
¿Quién la paga y cuándo?
La paga el empleador directamente, junto al sueldo mensual. No es un subsidio del Estado ni un descuento al trabajador. Aparece como "Asignación Familiar" o "AF" en el recibo de sueldo.
Debés presentar la partida de nacimiento del hijo (y constancia de estudios si tiene más de 18) al área de RRHH para activarla.
¿Se cuenta para CTS, gratificación y vacaciones?
Sí. La asignación familiar es parte de la remuneración computable:
- CTS semestral (mayo y noviembre)
- Gratificaciones (julio y diciembre)
- Vacaciones anuales
- Indemnización por despido arbitrario
¿Aplica en CAS y regímenes especiales?
Sí. Los trabajadores CAS (D.L. 1057) tienen derecho desde 2012. El régimen agrario (Ley 31110) también reconoce el beneficio.
¿Qué pasa si el convenio colectivo da más?
Se aplica el monto más beneficioso. La Ley 25129 establece el piso mínimo de S/ 113, pero convenios colectivos pueden fijar una asignación familiar mayor.